El Ejecutivo envió este martes a la Asamblea Nacional un proyecto de ley con carácter económico urgente que plantea una serie de reformas, entre ellas una medida clave: las fundaciones y organizaciones de la sociedad civil pasarán a ser supervisadas por la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria (SEPS).
La iniciativa forma parte del proyecto de Ley Orgánica para el Control de Flujos Irregulares de Capitales, con el que el Gobierno busca, entre otros objetivos, aumentar la vigilancia sobre el financiamiento y funcionamiento de entidades sin fines de lucro. Esta reforma afectará a fundaciones, corporaciones, ONG, organizaciones comunitarias y entidades similares, sean nacionales o extranjeras, que operan en el país.
El documento legal también introduce modificaciones a la Ley de Régimen Tributario Interno, estableciendo un impuesto a la renta único del 12 % sobre los dividendos o utilidades que distribuyan las sociedades residentes o establecimientos permanentes a sus accionistas.
En el capítulo 4 del proyecto se especifica que la SEPS tendrá la facultad de ejercer vigilancia, auditoría, control e incluso intervención de estas organizaciones. Para ello, se apoyará en normativas como la Ley de Compañías, la Ley del Mercado de Valores y la Ley General de Seguros, además de lo dispuesto en el nuevo cuerpo legal.
Esta iniciativa no es sorpresiva. El presidente Daniel Noboa ya había adelantado en entrevistas públicas su intención de remitir una propuesta para regular el accionar de estas entidades, señalando que algunas estarían funcionando como fachada para actividades ilícitas.
Según datos de una investigación realizada por el Grupo Faro con base en el Sistema Unificado de Información de las Organizaciones Sociales (SUIOS), a enero de 2024 existían 71.786 organizaciones sociales en el país, de las cuales el 85 % (61.025) están vigentes. La mayor concentración se encuentra en las provincias de Pichincha, Guayas y Manabí.
Nuevas obligaciones
El proyecto detalla que estas organizaciones deberán implementar mecanismos de control interno y externo, como auditorías periódicas, registros detallados de transacciones y reportes sobre el uso de fondos, con el fin de asegurar que sus actividades se alineen con sus objetivos declarados.
Entre las infracciones sujetas a sanción bajo esta supervisión se incluyen:
- El uso indebido o desvío de recursos.
- El incumplimiento reiterado de normas contables, de transparencia o de prevención de lavado de activos.
- La obstrucción a la labor de control de la Superintendencia.
Asimismo, las organizaciones deberán presentar un informe público anual que detalle ingresos, egresos, fondos recibidos (tanto públicos como privados), proyectos ejecutados, beneficiarios, y evaluaciones de impacto, entre otros aspectos.
También se exige el registro obligatorio en el SUIOS, sistema administrado por el Ministerio de Gobierno.
